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Jueves, 5 de noviembre de 2026
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Ampliación de facilidades de pago de ARCA: hasta junio de 2027 para regularizar deudas

La Resolución General 5924/2026 extiende la fecha de corte y el plazo de adhesión del régimen para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, con hasta 18 cuotas para las empresas más chicas.

Por Hugo BarrionuevoCampo y producción · · hace 2 h
Ampliación de facilidades de pago de ARCA: hasta junio de 2027 para regularizar deudas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro. La medida modifica dos fechas centrales del esquema original: la de corte de las deudas que pueden incluirse y la del período para adherirse.

Qué cambia respecto del régimen original

El cambio más importante es el corrimiento de la fecha de corte. El régimen anterior alcanzaba a las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026; con la nueva norma ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Asimismo, el plazo para adherirse se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán hacerlo hasta el 30 de junio de 2027.

Quiénes pueden acceder y qué deudas abarca

  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Medianas Empresas de los tramos 1 y 2.
  • Pequeños contribuyentes.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro.
  • Obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social.
  • Multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026.

Las condiciones de financiación se mantienen sin cambios respecto del esquema original. Las micro y pequeñas empresas, así como los pequeños contribuyentes, pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.

Cuándo se habilita la carga en el sistema

Si bien la resolución ya se encuentra vigente, la incorporación de las nuevas deudas en el sistema « Mis Facilidades » estará habilitada a partir del 16 de noviembre de 2026. Para ese trámite deberá seleccionarse la opción « Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026 ». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá cargar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio de 2026. El procedimiento se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo recaudador.

HB
Hugo BarrionuevoCampo y producción

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