Billetes rotos o manchados: cuando la ventanilla del banco no puede decir que no
El Banco Central recordó que las entidades minoristas están obligadas a canjear billetes deteriorados a cualquier persona, cliente o no, siempre que conserve al menos el 60% de su superficie original. Los detalles del procedimiento y qué hacer ante un rechazo.
Un billete roto, quemado, descolorido o partido en varios pedazos no es necesariamente un billete perdido. El Banco Central de la República Argentina tiene previstas con claridad las condiciones en las que los bancos minoristas están obligados a recibirlo y entregar uno nuevo a quien se presente en ventanilla, sin importar si esa persona tiene o no una cuenta abierta en la entidad.
La normativa, reunida en la Sección 3 sobre Circulación Monetaria, apunta a resguardar el valor de los pesos en circulación aun cuando el papel haya sufrido un deterioro involuntario. La regla central es que la pieza conserve al menos el 60% de su superficie original respecto de un billete completo; por debajo de ese umbral, la situación cambia y el trámite se vuelve más complejo.
Qué dice la norma sobre el derecho al canje
- Los bancos minoristas deben canjear billetes deteriorados a cualquier persona que se presente en ventanilla, sea cliente o no.
- El servicio debe prestarse en el horario habitual de atención al público y no puede suspenderse por decisión de la sucursal.
- Se consideran deteriorados los billetes rotos, perforados, manchados, descoloridos, sucios, quemados o dañados de manera involuntaria, siempre que conserven al menos el 60% de su superficie original.
- Si el billete está partido en varios fragmentos, todos los pedazos deben corresponder de manera indudable a un mismo ejemplar.
Cuando el billete llega a manos del Banco Central
Hay situaciones en las que el deterioro es tan pronunciado que la entidad no puede determinar con certeza la denominación o el valor del billete. En esos casos, el banco puede remitir la pieza al Banco Central para un análisis técnico, pero antes debe realizar una consulta al organismo. El envío debe acompañarse con una nota con membrete, por duplicado, donde consten la fecha de presentación, la numeración si fuera posible, la denominación y la suma estimada. Una vez procesados, los billetes recibidos por las entidades terminan depositados en el Banco Central.
La disposición cierra con un mecanismo de reclamo para los casos en los que la ventanilla niegue un canje que la normativa considera válido: el usuario puede iniciar un reclamo a través de los formularios web habilitados por el organismo monetario, una vía pensada para que la negativa no quede sin respuesta.
