Gas: qué zonas conservan la rebaja del 50% y quiénes pueden acceder a un beneficio adicional
La reglamentación de Zona Fría establece una bonificación automática para determinadas regiones y otra del 20% para usuarios que quedaron fuera de ese mapa y cumplen requisitos de ingresos y ubicación.
La Secretaría de Energía definió cómo se aplicará el Régimen de Zona Fría en las facturas de gas natural y de gas propano indiluido por redes. La Resolución 299/2026 dispone una bonificación automática del 50% para usuarios residenciales y del Servicio General P ubicados en las regiones alcanzadas por el esquema.
Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán incorporar la rebaja directamente en las facturas, sin que los usuarios tengan que pedirla, de acuerdo con las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad. La resolución rige desde su publicación y comprende los consumos registrados desde el 13 de octubre, cuando entró en vigor la ley que creó el régimen.
Una cobertura más reducida
El nuevo mapa dejó fuera de la bonificación automática por ubicación a cerca de 1,6 millones de hogares que habían sido incorporados en la ampliación de 2021. Entre los afectados hay usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.
Para quienes quedaron fuera del descuento general, la resolución contempla una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los consumos base. Ese beneficio se suma al que ya reciben los usuarios comprendidos en los Subsidios Energéticos Focalizados y no lo reemplaza.
Los requisitos para recibir el 20% adicional
- Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
- Residir en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
- No estar incluido en el esquema general que otorga la bonificación del 50%.
- Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.
Las cuatro condiciones deben cumplirse al mismo tiempo. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los beneficiarios mediante el cruce de los datos geográficos con el registro de subsidios y pondrá el padrón resultante a disposición del ente regulador, que notificará a las distribuidoras.
El régimen se apoya en la Ley 27.828, su decreto reglamentario y el decreto que creó el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados.
Por Hugo Barrionuevo, Campo y producción.
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