Nuevos sueldos para el personal doméstico: cómo quedan los mínimos desde octubre y qué adicionales deben pagarse
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dispuso una serie de ajustes mensuales hasta diciembre y, desde este mes, una parte de la suma no remunerativa pasa a integrar el salario básico. Los valores cambian según la categoría, la modalidad y la región del país.
El personal de casas particulares percibe desde el 1° de octubre nuevos salarios mínimos, luego de que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dictara la Resolución 6/2026, que fija un esquema de incrementos mensuales escalonados entre agosto y diciembre de este año, con subas del 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, aplicable tanto a quienes cobran por hora como a aquellos que perciben una retribución mensual, en la totalidad de las categorías contempladas por el régimen.
A partir de octubre, además del porcentaje de incremento previsto para este mes, se incorporó al salario básico el cincuenta por ciento de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto, un adicional cuyo monto original varía entre $8.000 y $20.000 dependiendo de la cantidad de horas semanales trabajadas, de modo que esa proporción ahora queda definitivamente integrada al sueldo de bolsillo de las trabajadoras y los trabajadores comprendidos en el régimen.
Cómo se calculan los adicionales y los recargos por horas extra
Las horas extra trabajadas en días comunes tienen un recargo del cincuenta por ciento sobre el valor habitual de la hora, mientras que cuando el servicio se presta los sábados después de las trece, los domingos o los feriados el recargo asciende al cien por ciento, una diferencia que resulta clave para quienes cumplen tareas en jornadas extensas o con presencia en días no laborables.
Los valores mínimos por hora varían entonces según la categoría laboral y según si la persona cuenta con retiro o reside en el domicilio de trabajo, una distinción que el régimen mantiene desde sus orígenes y que sigue siendo el eje central para liquidar correctamente cada recibo, por lo que conviene revisar con detalle el detalle del convenio aplicable a la categoría correspondiente antes de firmar el próximo recibo.
