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Miércoles, 21 de octubre de 2026
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Un sepelio y un reintegro: cómo acceder al Subsidio de Contención Familiar que liquida ANSES por 15.000 pesos

El organismo previsional paga un monto fijo a quienes afrontaron los gastos funerarios de un jubilado o pensionado fallecido. El plazo para reclamarlo es de doce meses desde la fecha de deceso y el trámite puede iniciarse de manera online o en una oficina con turno previo.

Por Sebastián AssafEconomía e industria · · hace 2 h
Un sepelio y un reintegro: cómo acceder al Subsidio de Contención Familiar que liquida ANSES por 15.000 pesos

En un contexto donde los servicios funerarios suelen superar ampliamente los 15.000 pesos, el Subsidio de Contención Familiar que liquida la Administración Nacional de la Seguridad Social aparece como un reintegro claramente insuficiente en términos reales, aunque constituye la única compensación económica de carácter universal que el Estado ofrece para cubrir los gastos de sepelio de un jubilado o pensionado fallecido.

De acuerdo con la información publicada por el organismo previsional en su portal oficial, el beneficio consiste en un pago único de 15.000 pesos destinado a aquellas personas que hayan abonado los costos de inhumación, cremación o sepelio de un titular del Sistema Integrado Previsional Argentino. La fuente oficial confirma que el monto no se actualiza desde hace varios años y que, por lo tanto, perdió gran parte de su capacidad de cobertura frente a la inflación acumulada.

Quiénes pueden reclamarlo y en qué orden

ANSES establece un orden de prioridad bastante específico para determinar a quién corresponde cobrar el subsidio. En el primer escalón se ubica quien exhiba una factura emitida a su nombre que acredite el pago del servicio funerario. Si esa documentación no existe o no se presenta, la preferencia pasa al cónyuge o conviviente, luego a los hijos con derecho a pensión por fallecimiento y, finalmente, a los herederos sin derecho a pensión, siempre que no haya otros reclamantes con mejor ubicación en la lista.

El plazo para iniciar el trámite es de un año contado desde la fecha de fallecimiento, según precisa el organismo previsional. Quienes estén gestionando en forma simultánea la pensión por fallecimiento pueden pedir el subsidio en el mismo momento, lo que evita tener que concurrir en dos oportunidades distintas a las oficinas del ente.

  • Familiares con derecho a pensión: resolución que acredita la prestación y formulario PS.6.296.
  • Herederos sin derecho a pensión: formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 y PS.6.286, según corresponda a cada situación.
  • Constancias alternativas: en algunos supuestos se aceptan comprobantes emitidos por cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros de sepelio.

Cómo se inicia la gestión ante ANSES

El trámite puede realizarse por internet ingresando al portal de ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, donde se debe seleccionar la opción Solicitud de Subsidio de Contención Familiar y completar los pasos requeridos. Para esa modalidad es imprescindible contar con la constancia de CBU bancaria, además de la documentación respaldatoria mencionada en el apartado anterior.

También existe la posibilidad de gestionar el beneficio de manera presencial, para lo cual es necesario solicitar un turno previo en una oficina de ANSES. En ambos casos el procedimiento es gratuito y no requiere la intervención de gestores ni de intermediarios, una aclaración que el organismo repite de manera frecuente para evitar la proliferación de maniobras de cobro paralelo.

El subsidio fue creado en 2006 y reformado en 2020, cuando se amplió el universo de potenciales beneficiarios. Más allá de aquella modificación, el monto permanece inalterado desde hace varios períodos y, comparado con la zafra anterior de los precios funerarios, representa una proporción cada vez menor del costo total de un entierro en cualquier ciudad del país, lo que vuelve al beneficio más simbólico que compensador para los deudos.

El dato que hay que seguir la semana que viene

Sebastián Assaf observa que la atención deberá puesta en los anuncios oficiales del organismo, dado que, en el marco de las actualizaciones trimestrales que suele disponer el Gobierno nacional, el área de prensa de ANSES podría difundir durante la próxima semana un eventual incremento del tope del Subsidio de Contención Familiar, o bien la convocatoria a un nuevo calendario de pagos que modifique la mecánica vigente hasta hoy.

SA
Sebastián AssafEconomía e industria

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