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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Acreditación automática de controles médicos para la Asignación por Embarazo: lo que cambia desde noviembre

La Resolución 297/2026 modifica el procedimiento que deben seguir las titulares de la AUE para justificar los requisitos sanitarios ante ANSES. El organismo cruzará información con el Ministerio de Salud y, en la mayoría de los casos, ya no será necesario presentar papeles.

Por Hugo BarrionuevoCampo y producción · · hace 1 d
Acreditación automática de controles médicos para la Asignación por Embarazo: lo que cambia desde noviembre

A partir del 1° de noviembre próximo, las beneficiarias de la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE) dejarán de presentar, en la mayoría de los casos, la documentación que acredita los controles médicos de seguimiento del embarazo ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), ya que el organismo verificará esos datos de manera directa con la información que le envíe cada mes el Ministerio de Salud, según lo dispuesto por la Resolución 297/2026, publicada en el Boletín Oficial el 15 de octubre de 2026.

Cómo funciona el nuevo procedimiento

El cambio alcanza a las asignaciones puestas al pago desde esa fecha y modifica un esquema que, hasta ahora, obligaba a las titulares a acercar constancias de manera presencial o por la plataforma digital del organismo cuando el sistema no contaba con registros suficientes. Con la automatización, ANSES cruzará sus bases con las del Ministerio de Salud y, a partir de ese intercambio, considerará cumplidos los requisitos sanitarios sin necesidad de trámites adicionales por parte de la beneficiaria.

La resolución no suprime, sin embargo, la posibilidad de presentar documentación de respaldo: si el organismo no recibe los datos del Ministerio de Salud o la titular eleva un reclamo, la vía documental continuará disponible para acreditar el cumplimiento de los controles y evitar la pérdida del beneficio.

El impacto sobre el cobro del 20% acumulado

La modificación tiene especial relevancia en la percepción del 20% acumulado de la asignación, que se liquida en un único desembolso una vez finalizado el embarazo. Para acceder a ese monto, la titular debe acreditar tanto la finalización de la gestación como el cumplimiento de la totalidad de los controles médicos de seguimiento. La finalización de la gestación se sigue acreditando con la partida o el certificado de nacimiento, el certificado de defunción o el certificado médico de interrupción del embarazo, según corresponda. Lo que se automatiza, en concreto, es la verificación de los controles sanitarios requeridos durante la gestación.

  • La AUE abona mensualmente el 80% del valor de la asignación desde la semana 12 de gestación hasta la última semana del embarazo.
  • El 20% restante se paga en un solo desembolso al finalizar la gestación, una vez verificados los controles.
  • Los montos de la prestación no se modifican con la nueva resolución.
  • La vía de acreditación documental se mantiene como respaldo ante faltantes de información o reclamos.

La disposición se inscribe en un proceso de reducción de trámites presenciales y digitales en la administración pública nacional, con el objetivo declarado de agilizar el acceso a las prestaciones y evitar interrupciones en el cobro derivadas de demoras o extravíos de documentación. En el caso de la AUE, la automatización del cruce de datos entre ANSES y el Ministerio de Salud apunta a que la acreditación de los controles sanitarios deje de depender exclusivamente de la presentación de papeles por parte de la titular, sin que ello implique alterar los requisitos sanitarios que dan derecho a la asignación ni los montos vigentes de la prestación.

HB
Hugo BarrionuevoCampo y producción

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