Mendoza pone en marcha un procedimiento gratuito para que consumidores renegocien deudas con sus acreedores
La Provincia habilitó una conciliación para revisar tarjetas de crédito, préstamos personales y otros compromisos financieros cuando los pagos superan el 30% de los ingresos netos del hogar, con un umbral más bajo para familias en situación de vulnerabilidad.
La Provincia de Mendoza puso en funcionamiento un procedimiento administrativo gratuito para que los consumidores finales puedan renegociar deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales y otros compromisos de consumo, en un contexto en el que el peso de los servicios financieros sobre el ingreso de las familias se volvió un tema recurrente en la mesa económica de los argentinos. La medida se canaliza a través de la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC) y no obliga a los bancos, plataformas financieras, mutuales ni cooperativas a aplicar quitas, sino que abre una instancia formal para discutir nuevas condiciones de pago cuando el deudor atraviesa una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar.
El mecanismo parte de una definición técnica: se considera que existe un problema cuando los compromisos financieros mensuales exceden el 30% de los ingresos netos de las personas que conviven en el hogar. Cuando se verifica una situación de especial vulnerabilidad social, ese umbral baja al 25%. Entre los casos alcanzados por esta categoría más flexible se encuentran los hogares con menores a cargo, las familias con personas con discapacidad, los jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo, los desempleados, los beneficiarios de programas sociales y los trabajadores informales.
Qué deudas entran y cuáles quedan afuera
- Préstamos personales, financiamiento de compras y tarjetas de crédito, tanto de bancos como de entidades no bancarias.
- Créditos otorgados por plataformas financieras autorizadas, mutuales y cooperativas con actividad en el sistema de consumo.
- Obligaciones con garantía hipotecaria, deudas alimentarias, multas y sanciones penales, que quedan expresamente excluidas.
- Deudas empresariales o comerciales ajenas al consumo familiar, que no ingresan en este procedimiento.
La convocatoria contempla además un tope de capital adeudado: la persona puede solicitar la intervención mientras el monto total de sus deudas no supere el equivalente a 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de iniciar el trámite. Esa referencia busca delimitar el alcance del procedimiento a situaciones compatibles con una reestructuración de consumo, sin extenderlo a deudores con patrimonios más comprometidos, en línea con la lógica de otras herramientas de negociación de deudas vigentes en el país en términos reales.
Para iniciar el expediente, el consumidor debe acreditar domicilio real en la provincia y presentar ante la OCDC un detalle actualizado de sus activos y pasivos, junto con la nómina de acreedores y los importes adeudados. Defensa del Consumidor cita luego a cada acreedor, que dispone de hasta 10 días hábiles para responder a la convocatoria. A partir de allí se abre una mesa de negociación en la que las partes pueden discutir extensiones de plazo, períodos de gracia, eliminación de intereses punitorios y gastos por mora, y esquemas de cuotas acordes a la capacidad de pago declarada, aunque cualquier modificación requiere un acuerdo expreso con los acreedores.
El dato que habrá que seguir la semana que viene es la cantidad de presentaciones que ingresen en la OCDC en los primeros días de funcionamiento y la respuesta de las entidades financieras a las citaciones, ya que el éxito del esquema depende, en la práctica, de la disposición de los acreedores a aceptar readecuaciones de deuda en un escenario de tasas de interés todavía elevadas para los préstamos al consumo.
Te puede interesar
